Digitalizar un expediente no es escanearlo
Un PDF en una carpeta compartida no es un expediente digital: es papel con otro formato. La diferencia está en si se puede encontrar y verificar.
Carlos Galant
Muchos proyectos de digitalización terminan en el mismo sitio: millones de imágenes bien escaneadas que nadie encuentra cuando hace falta. El escáner funcionó; el expediente, no.
¿Qué distingue un expediente digital de una carpeta de PDF?
Tres cosas, y ninguna tiene que ver con la calidad de la imagen. Que cada documento esté clasificado por lo que es y no por cómo lo nombró quien lo subió. Que sus datos sean legibles por una máquina, no sólo por una persona. Y que se pueda demostrar que no cambió desde el día en que entró.
| Una carpeta de PDF | Un expediente digital |
|---|---|
Se busca por nombre de archivo |
Se busca por cliente, tipo de documento y fecha |
El dato está en la imagen |
El dato está extraído y validado |
La versión buena es la última que alguien guardó |
Hay control de versiones y trazabilidad |
La integridad se supone |
La integridad se comprueba |
¿Por qué la clasificación es la parte que más se subestima?
Porque es la que decide si el archivo sirve. Un acta de nacimiento clasificada como «documento» obliga a abrirla para saber qué es; clasificada como acta de nacimiento, entra sola en el expediente que le toca y se puede exigir cuando falta. Clasificar no es ordenar: es lo que convierte un archivo en un dato.
El OCR y los modelos de extracción hacen ese trabajo a escala, y ahí es donde el volumen deja de ser un problema. En proyectos de gran escala de gestión documental hemos operado más de 150 millones de imágenes 24/7 con cero reprocesos, y esa última cifra es la que cuenta: reprocesar es el costo real de digitalizar mal.
¿Y la validez legal del documento digitalizado?
Es la tercera pata y la que más se olvida. La NOM-151-SCFI-2016 fija los requisitos para la conservación de mensajes de datos y la digitalización de documentos, y se apoya en el sellado de tiempo y en la huella digital del archivo para poder demostrar que no se modificó desde una fecha determinada. La desarrollamos en NOM 151 en la práctica.
Escanear un documento y borrar el papel sin haber resuelto la conservación conforme a la norma no ahorra espacio: cambia un problema de archivo por uno de prueba, que es bastante peor cuando hay que sustentar una operación.
Cuando el expediente nace ya digital —como en la originación de ART, donde el documento se genera, se firma y se sella dentro del mismo flujo— ese problema no llega a existir. Digitalizar el papel viejo sigue haciendo falta, pero conviene no seguir fabricando papel nuevo mientras tanto.